Buscador

martes, 19 de noviembre de 2019

DECRETO SUPREMO N° 3977 - Conceder un pago único de Reconocimiento Económico a favor de los sobrevivientes de la Guerra del Chaco, declarados como Beneméritos de la Patria.

DECRETO SUPREMO N° 3977
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 69 de la Constitución Política del Estado, determina que los Beneméritos de la Patria merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del Estado, una pensión vitalicia, de acuerdo con la Ley.
Que el Decreto Supremo Nº 09537, de 6 de enero de 1971, concede una “Pensión Vitalicia” a los ex-Combatientes de la Guerra del Chaco, declarados por esa condición como Beneméritos de la Patria.
Que el Decreto Supremo Nº 3581, de 6 de junio de 2018, concede un pago único de Reconocimiento Económico de Bs10.000.- (DIEZ MIL 00/100 BOLIVIANOS), a favor de los sobrevivientes de la Guerra del Chaco, declarados como Beneméritos de la Patria, financiados con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN.
Que es deber del Estado Plurinacional de Bolivia, reconocer a los sobrevivientes ex-Combatientes de la Guerra del Chaco, por la defensa heroica de la soberanía nacional en la mencionada contienda bélica.
Que los sobrevivientes ex-Combatientes de la Guerra del Chaco constituyen un sector vulnerable, por lo que en justicia corresponde mejorar sus ingresos a fin de cubrir sus necesidades básicas de subsistencia, situación que debe ser atendida dentro de las posibilidades de financiamiento del TGN.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto conceder un pago único de Reconocimiento Económico a favor de los sobrevivientes de la Guerra del Chaco, declarados como Beneméritos de la Patria.
ARTÍCULO 2.- (PAGO ÚNICO). Se dispone con carácter extraordinario, un pago único y exclusivo a los sobrevivientes ex- Combatientes de la Guerra del Chaco de Bs15.000.- (QUINCE MIL 00/100 BOLIVIANOS), para la gestión 2019.
ARTÍCULO 3.- (FINANCIAMIENTO). El Reconocimiento Económico señalado, será financiado con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, presupuestado en la gestión 2019.

ARTÍCULO 4.- (CONDICIÓN).
I.            De acuerdo al objetivo del Artículo precedente, el beneficio otorgado es independiente de la pensión vitalicia que los Beneméritos perciben conforme a las disposiciones legales vigentes, no siendo extensible a viudas de guerra, ni viudas de post - guerra.
II.          De igual manera, por su condición de beneficio personalísimo, no es extensivo a sus herederos.
ARTÍCULO 5.- (AUTORIZACIÓN).  Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, desembolsar los recursos necesarios para realizar el mencionado reconocimiento.
El señor Ministro Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve.

FDO. ALVARO MARCELO GARCÍA LINERA, Juan Ramón Quintana Taborga, Javier Eduardo Zavaleta López MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Nélida Sifuentes Cueto MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE GOBIERNO, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y DE ENERGÍAS.

miércoles, 27 de febrero de 2019

LEY N° 1129 - Patrimonio Cultural Material del Estado Plurinacional de Bolivia, al Sitio Arqueológico “Piñami”

LEY N° 1129
LEY DE 04 DE DICIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Material del Estado Plurinacional de Bolivia, al Sitio Arqueológico “Piñami”, como expresión cultural e histórica, ubicado en una superficie aproximada de 2.786,02 metros cuadrados (m²), en el Distrito V, Manzana H de la Urbanización Quechisla, Zona de Piñami, del Municipio de Quillacollo de la Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba, conforme a certificación del área y Ordenanza Municipal N° 033/2006 de fecha 3 de octubre de 2006, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y el Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, en el marco de sus competencias establecidas en la normativa vigente, podrán realizar acciones de promoción, difusión, fortalecimiento y protección del Sitio Arqueológico “Piñami”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Wilma Alanoca Mamani.

martes, 26 de febrero de 2019

LEY N° 1128 - Declarar el 21 de junio de cada año, “Año Nuevo Andino Amazónico Chaqueño”, como manifestación y expresión de tradición,......

LEY N° 1128
LEY DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. La presente Ley tiene por objeto declarar el 21 de junio de cada año, “Año Nuevo Andino Amazónico Chaqueño”, como manifestación y expresión de tradición, cosmovisión y saberes ancestrales de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos del Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 2. Las ceremonias y rituales durante esta jornada de revalorización de nuestras culturas, se efectuarán en los sitios sagrados de acuerdo a las cosmovisiones de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos.
 
ARTÍCULO 3. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las entidades territoriales autónomas departamentales y municipales involucradas, en el marco de sus competencias, quedan encargados de su promoción y celebración.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Lineth Guzmán Wilde, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Patricia M. Gómez Andrade, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Wilma Alanoca Mamani.

viernes, 22 de febrero de 2019

LEY N° 1121 - Se declara Héroe Nacional al General de Brigada Rufino Carrasco, por la victoria lograda en la “Batalla de Tambillos”

LEY N° 1121
LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Héroe Nacional al General de Brigada Rufino Carrasco, por la victoria lograda en la “Batalla de Tambillos” de la Guerra del Pacífico, comandando al Escuadrón de Francotiradores Vanguardia de la Quinta División Boliviana, expulsando al enemigo invasor de San Pedro de Atacama.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios de Educación y de Culturas y Turismo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, en el marco de sus atribuciones y competencias, promoverán políticas públicas con fines educativos, sobre la trayectoria histórica del General Rufino Carrasco.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Erwin Rivero Ziegler, Alicia Canqui Condori, Sebastián Texeira Rojas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López, Roberto Iván Aguilar Gómez, Wilma Alanoca Mamani.

domingo, 17 de febrero de 2019

LEY N° 1113 - Se declara Patrimonio Cultural Material Mueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al Archivo Documental Histórico que conforma el SiDIS

LEY N° 1113
LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Material Mueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al Archivo Documental Histórico que conforma el Sistema de Documentación e Información Sindical – SiDIS, de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia – FSTMB, por su representatividad y su legado fundamental para Bolivia.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las entidades e instituciones correspondientes, vinculadas al Sistema de Documentación e Información Sindical – SiDIS, en el marco de sus respectivas competencias y disponibilidad presupuestaria, promoverán  acciones  para preservar, conservar, registrar, proteger, fortalecer y difundir los documentos que resguarda el Sistema de Documentación e Información  Sindical – SiDIS de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia – FSTMB.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Felix Cesar Navarro Miranda, Wilma Alanoca Mamani.

lunes, 11 de febrero de 2019

LEY N° 1106 - Declárase Heroínas Nacionales, a las mujeres cruceñas “Ana Barba, Mena Toledo, Francisca López y Florita Mendoza”

LEY N° 1106
LEY DE 04 DE OCTUBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Declárase Heroínas Nacionales, a las mujeres cruceñas “Ana Barba, Mena Toledo, Francisca López y Florita Mendoza”, por sus actos patrióticos y contribuciones en el proceso de Independencia de Bolivia.
ARTÍCULO 2. Otórguese el Grado de Coronela de Sanidad, a la prócer de la Independencia Ana Barba.
ARTÍCULO 3. Otórguese el Grado de Capitanas de Sanidad, a las próceres de la Independencia: Francisca López, Mena Toledo y Florita Mendoza.
ARTÍCULO 4. Promuévase a través de las instituciones cívicas, educativas e históricas del Departamento de Santa Cruz, la gestión para la construcción de un monumento en honor a las Heroínas Nacionales encabezadas por Ana Barba, para ser levantado en la avenida que lleva su nombre, además de la difusión y promoción de sus actos patrióticos.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Leónidas Milton Barón Hidalgo, Juan Lino Cárdenas Ortega, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Javier Eduardo Zavaleta López, Roberto Iván Aguilar Gómez.

sábado, 5 de enero de 2019

Las imágenes inéditas de Don Moisés Navajas, un personaje misterioso

Don Moisés Navajas es un personaje muy recordado en el ambiente tarijeño, su gran legado es la Casa Dorada. En el lugar quedan unas cuantas fotografías de lo que fue su vida, más aún El País pudo conseguir algunas otras. Su historia da cuenta que fue un gran comerciante y cada parte de la Casa Dorada es testigo de esto. Más aún alrededor de su vida se han tejido historias misteriosas que incluso dan cuenta de que por las noches en la Casa Dorada Navajas jugaba taba con el mismo diablo.

La relación con su esposa fue muy unida, más aún nunca pudieron cumplir su sueño de ser padres
Más aún, primero nos concentraremos en su biografía. Tras una revisión bibliográfica se constató que además de su oficio como comerciante fue capitán de la Guardia Nacional, periodista, Intendente municipal “ad honorem” y miembro de la Cámara comercial de Bolivia, entre muchos otros cargos.

Moisés nació en 1865, comenzó sus estudios en el colegio San Luis, sin embargo su padre el coronel Víctor Navajas lo inició en el comercio, donde demostró destreza para los negocios. Esos fueron los inicios de su fortuna que cada vez se fue acumulando más.

Según el historiador Miguel Molina, Navajas poco a poco fue cambiando de rubros, así compró y vendió tierras, las hizo producir, construyó casas. Comerció con Argentina y Chile.

Tiempo después se casó con Esperanza Morales, descendiente de padres españoles. Ella le acompañó en numerosos y largos viajes a Europa, Estados Unidos, Buenos Aires y otras ciudades del mundo y el continente.

Según escribe el historiador Eduardo Trigo, “Navajas tuvo su primera actividad política en 1909, año en el que fue elegido Concejal en elecciones. En mérito a su desempeño en 1921 fue nombrado Presidente del Concejo Municipal, cargo que en la actualidad corresponde al de Alcalde. En 1925 fue designado Prefecto del Departamento”.

Políticamente militó en el Partido Socialista que lideraba el presidente Bautista Saavedra. Fue jefe departamental de dicha organización.

De acuerdo a Trigo, su establecimiento mercantil estaba provisto de artículos de consumo corriente y otros suntuarios importados de Europa, en los años en que la ciudad atravesaba por el periodo conocido como el de “auge comercial” que comenzó a finales del siglo XIX y se prolongó hasta las primeras décadas del siguiente.

Sus instalaciones estaban localizadas en la planta baja de su residencia. Entre los bienes lujosos que importó figuran dos pianos comprados en París, traídos a Tarija en 1916.



Su legado

Según destacan los historiadores Trigo y Molina, la Casa Dorada es uno de sus más importantes legados, este edificio se considera como una expresión del denominado “Art Nouveaux”. Su inauguración tuvo lugar a principios del siglo XX. Los trabajos de construcción estuvieron a cargo del arquitecto Miguel Camponovo.

Otro gran legado lo es el Castillo Azul, que sirvió como lugar de descanso y esparcimiento de los esposos Navajas Morales.

Pero además Trigo cuenta que Navajas construyó el albergue para niños ubicado en la Avenida Domingo Paz que originalmente cobijó a huérfanos de la Guerra del Chaco, posteriormente fue confiado a una congregación religiosa para la atención de niñas necesitadas. Actualmente lleva el nombre de su benefactor.

En 1921 formó parte del Comité Impulsor de la construcción del nuevo Hospital San Juan de Dios, este comité contaba además con Juan de Dios Trigo, Alberto Baldivieso, Francisco Azurduy, Alejandro Torrejón y Ángel Calabi. Obtuvo el apoyo de autoridades y comerciantes que hicieron llegar su aporte económico.
En reconocimiento a su trabajo cristiano, el Papa Pio XII le confirió una condecoración Pontificia. Moisés Navajas Ichazo murió en Tarija el 1 de enero de 1951




El personaje misterioso


El misterio tras este personaje comenzó en su abundante riqueza que muchos atribuyeron a un pacto con el diablo, pero también toda esta trama fue sazonada por el deseo que tenía don Moisés y doña Esperanza de tener hijos, sueño que nunca pudieron lograr.

En la Casa Dorada se puede ver un cuadro en el que Esperanza tiene en brazos a un bebé, éste reflejaría el gran deseo de los Navajas.

De acuerdo al libro “Estampas de Tarija” de Agustín Morales Durán, hasta antes del año 1930 el mejor, más grande, lujoso y atrayente edificio fue, sin lugar a dudas, la famosa Casa Dorada de Moisés Navajas. Sobre ésta la fantasía popular se tejió una serie de cuentos y leyendas, como también sobre su misántropo ocupante.

Con cierto misterio se decía que en determinados días, y a altas horas de la noche, salía de esa casa un coche antiguo tirado por cuatro fastuosos corceles, que llevaba a Moisés Navajas a una de sus quintas, situadas en la parte sur, donde este personaje tenía un hermoso jardín. Se trataba del parque Zalles, hoy parque Bolívar.

Muchos testigos aseguraban que allí se reunía con el diablo, el cual se transformaba en un elegante caballero que salía de la Casa Dorada junto a Navajas. Afirmaban que ambos se reunían para acuñar monedas de oro y plata y juraban también que algunas noches en las propiedades de Moisés se podía escuchar las espeluznantes carcajadas del mismísimo señor de los avernos.

Relata la historia que los muchachos de ese entonces escuchaban atentos todas aquellas leyendas y veían con cierto recelo cuando alguna vez Navajas iba a la iglesia San Francisco para participar de las fiestas más importantes.

Cuenta el historiador Agustín Morales que en la iglesia, Navajas tenía un sitio reservado y de preferencia, con su propio y bien tapizado reclinatorio. Se notaba que recibía las atenciones de los franciscanos porque para lo único que no parecía muy avaro era para hacer donaciones a ese templo.