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martes, 13 de diciembre de 2022

El proyecto de la Iglesia - La primera evangelización. La organización y acción de las órdenes religiosas. El Primer Concilio Limense

En esta primera etapa, no hubo un proyecto global de la Iglesia y la primera evangelización (1532- 1583) estuvo en manos de las órdenes religiosas: dominicos, mercedarios, franciscanos y agustinos. Cada una de ellas tenía sus propios reglamentos, métodos de evangelización y prioridades respecto a la doctrina, lo que influía en el proceso de evangelización y el adoctrinamiento de los indios que se encontraban agrupados en distintas encomiendas. En estos años, el trabajo misional estuvo ligado al sistema de encomiendas y los encomenderos estaban obligados a amparar a un misionero, sea éste sacerdote secular o fraile residente en la encomienda. En las numerosas memorias de distintas órdenes religiosas, se constata un marcado interés en aparecer como los primeros evangelizadores del Nuevo Mundo. Lo cierto es que los dominicos, franciscanos, mercedarios fueron llegando paulatinamente antes de que lleguen los miembros del clero secular. Estos religiosos ingresaron al territorio de la Nuevo Toledo por distintos caminos y se instalaron en diversos puntos: los dominicos y franciscanos se ubicaron en las orillas del lago Titicaca, en tanto que los mercedarios que llegaron por el Río de La Plata y el Paraguay, penetraron en las regiones del Chaco.

Los dominicos se destacaron en los primeros años de la conquista del Perú: Francisco Pizarro estuvo acompañado por el dominico fray Vicente Valverde cuya actuación en Cajamarca pasó a la historia. Valverde estuvo en Cajamarca durante los ocho meses en que Atahuallpa permaneció preso. En 1535, Valverde volvió a España donde permaneció durante tres años. La reina Juana recomendó su nombre al Papa para que fuese nombrado primer obispo del Cusco en agradeciendo por sus servicios. Desde 1538, bajo el poder de fray Vicente Valverde se encontraba un enorme territorio que se extendía a lo largo de toda América del Sur, con excepción de las colonias portugueses.

En esta época, gracias al apoyo que dieron a Francisco Pizarro, los dominicos obtuvieron, para su iglesia y convento en el Cusco, nada menos que el que había sido el principal templo incaico, el famoso Coricancha. En 1534, los predicadores ya contaban con cuatro centros de evangelización: San Miguel de Piura, Jauja, Cajamarca y el Cusco, donde trabajaban quince religiosos. Ellos fundaron una primera provincia, es decir su propia unidad administrativa, en 1540. Su primer provincial, y más tarde primer obispo de Lima, fue fray Jerónimo de Loayza, hermano de fray García de Loayza, cardenal y presidente del Consejo de Indias. A la llegada del virrey Toledo, en la década de 1570, se había fundado muchas escuelas para hijos de caciques. La orden de los predicadores había erigido 18 conventos ubicados en una región que iba desde Quito, Lima, Arequipa, Cusco, Chucuito, La Plata y Tucumán. Los dominicos fueron los primeros misioneros que se ubicaron en las orillas del Lago Titicaca donde establecieron doctrinas y conventos, por ejemplo, en Copacabana, Pomata, Juli, Zepita, Yunguyo. En la Villa Imperial de Potosí fundaron un convento para varones en 1547 con la cooperación del corregidor Pedro de Hinojosa.
Pintura Iglesia de  La Merced en Potosi

Posteriormente, llegaron religiosos de otras órdenes regulares. Los franciscanos tuvieron un rol importante en el período de “descubrimiento” por Cristóbal Colón pues los representantes de esta orden estuvieron presentes cuando éste trató de conseguir apoyo para buscar un camino a la India. Fue un fraile franciscano, fray Juan Pérez de Marchena, confesor de la reina Isabel de Castilla, que consiguió que los Reyes Católicos apoyasen al almirante. También llegaron en 1500 a la isla La Española. Fueron los primeros evangelizadores en las islas del Caribe, la América Central y México y fray Marcos de Niza fue el primer franciscano que llegó al Perú. Los hermanos de San Francisco conformaban la orden que más frailes tenía dentro de la Iglesia y todo el orbe fue dividida en 103 provincias. La provincia de la América del Sur, la de los Doce Apóstoles fundada en 1553, se subdividió en cinco en 1565: Perú, Santa Fe, Chile, Quito y San Antonio de Charcas.

El padre Francisco de los Ángeles Morales fue uno de los doce franciscanos que llegaron al Perú. En 1539, los franciscanos se establecieron en el valle de Chuquiago (La Paz) y allí edificaron una capilla para el ejercicio del culto, En 1540, establecieron una iglesia y un convento de Chuquisaca. Posiblemente fueron los franciscanos quienes bautizaron al mallku Guarache como Juan Colque Guarachi que participó con Perazúrez en la fundación de la villa de La Plata (Graña, 2001). Luego fundaron conventos en Potosí (1547) y La Paz (1549) y más tarde, en Misque y Cochabamba, Oruro, Tarija y Arica. 


Pintura Mural Coro Alto Iglesia de la Merced

En 1551, llegaron al Perú doce padres agustinos desde Castilla para incorporarse a las filas de los misioneros que ingresaron a Charcas pues el emperador Carlos V, que admiraba su labor en México, pidió que esta orden enviara sus religiosos al Perú. A Charcas llegaron por solicitud de Lorenzo Aldana para evangelizar a los indígenas de su encomienda Paría -Capinota donde fundaron, en 1559, los primeros conventos en Challacollo, Toledo (Oruro) y Capinota (Cochabamba). Su labor evangelizadora y doctrinal se desenvolvió en el altiplano paceño y orureño y en los valles de Cochabamba, Chuquisaca y Tarija. Su preocupación por la evangelización de los indígenas se extendió más tarde a otros lugares de difícil acceso, como el norte de La Paz. El religioso Daniel Ortíz estuvo adoctrinando a los indios de Yanacachi, en los Yungas de La Paz, en 1552. El punto de su actividad pastoral estuvo en las ciudades de La Paz, Oruro, Potosí, Cochabamba, La Plata y Tarija y una de sus obras más importantes ha sido, sin duda, el Santuario de Copacabana.

Junto con Francisco Pizarro llegaron representantes de varias órdenes religiosas, entre ellos, los de la Orden de la Merced. Uno de seis de sus miembros, Sebastián de Trujillo, fue su confesor. En 1537, fundó el convento del Cusco y luego se internó al territorio de Charcas. En 1540, los sacerdotes Juan Calderón de Rojas y Pedro Sánchez Bernal adoctrinaron a los indios de Pucarani (La Paz) y en 1549, el mercedario Sebastián de Trujillo Castañeda hizo la mismo labor en los valles de Sapahaqui y Caracato (La Paz). Dos años más tarde fundaron conventos en las ciudades de La Plata y de La Paz y en 1555, otro en Potosí. Paralelamente a la llegada de los mercedarios por el norte, otros religiosos de la misma orden, Juan de Salazar y Juan de Almadía, penetraron por el sur hacia el territorio de los guaraníes y los habitantes de las regiones orientales. Posteriormente, Cristóbal de Albarrán, junto a los conquistadores Juan de Ayolas, Álvar Nuñez Cabeza de Vaca y Ñuflo de Chaves recorrieron la región.Portada del Templo de Nuestra Señora de la Merced Potosi

Torre de la Parroquia de Santa Barbara


Todas estas órdenes y la iglesia secular estaban dedicadas a evangelizar a la población autóctona. Para ello, fueron a los pueblos y las doctrinas: allí, un sacerdote tenía que catequizar tanto a los adultos como a los niños, administrar los sacramentos y enseñar los fundamentos de la doctrina cristiana. Es menester entender que el catolicismo no representó un cuerpo inalterable de dogmas y creencias y la religión enseñada fue fragmentaria, heterogénea, cambiante y adaptada a las nuevas exigencias y circunstancias. Esta complejidad del discurso doctrinal fue obstaculizada por la superposición de distintas versiones, las tensiones y distintos proyectos políticos dentro de la Iglesia, construyéndose de esta manera el cristianismo indígena (Estenssoro, 2003).

En estos años, circularon varias publicaciones destinadas a la catequesis: eran catecismos como la Instrucción que se ha de tener en la doctrina de los naturales (1545), el Primer Concilio Limense (1552), Plática para todos los indios (redactada antes de 1555), Confesión general para los indios (1555), los dos últimos escritos en quechua. Jerónimo de Loayza, primer obispo de Lima, promulgó en 1545 una Instrucción para la evangelización en forma de catecismo breve dirigido a los religiosos para llegar a tener una matriz común de evangelización. A pesar de esta normatividad, en el virreinato proliferaron los catecismos “divergentes y hasta contrapuestos” (Estenssoro, 2003) y, para excluir las contradicciones en 1549, se elaboró una nueva versión del documento. Durante el Primer Concilio Limense que tuvo lugar desde octubre de 1551 hasta el enero de 1552, esta versión fue adoptada como texto oficial de las normas pastorales universales o catecismo único para los territorios del virreinato del Perú. En esta oportunidad se produjeron arduos debates entre los sacerdotes y frailes que intentaron defender sus posiciones pero, finalmente, se impuso el modelo único apoyado, además, por el rey que ordenó poner fin a las discordias en el seno de la Iglesia. Se promulgaron penas por las prácticas “paganas” que consistían en el corte de cabello y la pena de cincuenta azotes por primera vez, cien por la segunda, diez días de cárcel y la tercera era considerada “como incorregible” (Barnadas, 2004).

lunes, 12 de diciembre de 2022

El proyecto de la Iglesia - El debate y la lucha por los derechos de los indígenas

A mediados del siglo XVI, gran parte de los actores de la conquista y de las primeras décadas de la colonia ya murieron, Carlos V dejó el trono (1556) y otros personajes tuvieron papeles protagónicos. Sin embargo, no se había resuelto aún varios de los temas que suscitaron importantes debates al inicio mismo de la conquista: ¿Tenían los españoles el derecho de someter a su dominio a los pobladores de América? ¿Los indios eran seres de la misma categoría que los españoles? Estas y otras preguntas eran constantes en el ámbito político y eclesiástico y formaban parte de un intenso debate ideológico. Desde el ámbito eclesiástico llegaron voces, como la del padre Montesinos en 1511, que cuestionaban -a partir de la noción de “hombre libre”- la legitimidad y la forma en que se implantaba el dominio español sobre el Nuevo Mundo. El frente de defensa de los derechos de los indios fue encabezado por el teólogo dominico fray Bartolomé de Las Casas que criticó tanto la institución de la encomienda como la utilización de las poblaciones encomendadas en las explotaciones mineras.

Para Las Casas, la encomienda significaba la encarnación de un régimen señorial que limitaba la intervención estatal y la posibilidad de resguardar los derechos igualitarios de los nuevos súbditos. El dominico cuestionaba también la actividad minera como causa de la aniquilación de la población de la isla La Española, primero, y de la antillana después. Esta oposición a la implantación de una sociedad mercantilizada y destructora de las sociedades indígenas se reflejó en las Leyes de Burgos (1512-13) que pretendían conciliar el régimen de la encomienda con la libertad de los indígenas y la evangelización. En 1520, Las Casas logró el reconocimiento explícito de la libertad de los indígenas. Con la conquista de Nueva España, se percibió la dificultad de controlar las acciones de los conquistadores pero, a partir de la década de 1530 surgió una nueva reacción contra la guerra esclavista y los abusos de la encomienda. Las reivindicaciones del movimiento lascasiano fueron instrumentalizados por la Corona para combatir el avance del régimen señorial.

Después de la conquista del territorio de Charcas, cuando en 1539 ya empezó la explotación de las minas de Pizarro, el obispo cuzqueño Vicente Valverde, seguidor de posturas lascasianas, protestó contra estas prácticas y la cédula real de 1541 exigió a Vaca de Castro respetar la prohibición (1526) de “echar indios a las minas”. Varios sacerdotes -el bachiller Luís de Morales, el obispo Valverde, el licenciado Martel de Santoyo y otros padres dominicos- advertían en sus informes sobre las nefastas secuelas de la coacción minera, como el brusco descenso demográfico en los depósitos auríferos de Zamora (zona de Quito) y Carabaya (entre La Paz y Cusco) o la destrucción de la sociedad indígena con la ruptura de los sistemas políticos y económicos de los grupos étnicos.

A consecuencia del esfuerzo de los lascasianos fray Tomás de San Martín y fray Domingo de Santo Tomás, se dictaron las Ordenanzas de Minas de Vaca de Castro, el 31 de mayo de 1543. Sin embargo, debido a la resistencia pizarrista en los territorios de los repartimientos charqueños, estas disposiciones quedaron tan sólo en el papel puesto que las guerras civiles y el uso del trabajo de los indígenas para la explotación de las minas de Potosí por Pizarro y sus aliados afectaron la situación de las comunidades indígenas. En 1548, los encomenderos recibieron el permiso de La Gasca para emplear a los indios en las minas, lo que provocó la intensificación del debate sobre trabajo de los indios. En 1548, se encargó a algunos teólogos analizar un escrito de Juan Ginés de Sepúlveda elaborado años atrás, donde se justificaba la conquista y los medios que se emplearon para lograrla, considerando que los indios eran seres de segundo orden y que sus sociedades habían sido contaminadas por prácticas infames como los sacrificios humanos y el canibalismo que justificaban la intervención española con el fin de enseñarles “unos modos de vida justos y humanos” (citado en Bernard y Gruzinski, 1996). Por primera vez, un imperio organizaba oficialmente una consulta sobre la justicia de los métodos empleados para extender su dominio.

La lectura de este escrito generó diferentes reacciones como la de Bartolomé de las Casas, que había hecho campaña para defender lo que hoy llamaríamos los derechos humanos de los indios: logró que las universidades españolas de Alcalá de Henares y de Salamanca se opusieran a la publicación del trabajo de Ginés de Sepúlveda. En 1555, en la ciudad de Valladolid, se produjo el famoso debate o “controversia” entre Las Casas y Ginés de Sepúlveda que generó un genuino interés en todos los círculos. No resulta claro cuál fue la conclusión del debate o quién lo ganó, pero sin duda tuvo una importancia decisiva en la forma en que, a partir de entonces, el mundo percibió al “otro”. Los grandes juristas de Salamanca, en particular Vitoria, desarrollaron el modelo legal en el que defendían el trato a los hombres libres, a diferencia del que se daba a los llamados “esclavos por naturaleza”; de esta manera los indios americanos podían gozar de su plena humanidad.

Lo que se debatía en España repercutió en las prácticas políticas en América y en Charcas. Después de la conclusión de la guerra civil, en abril de 1548, el presidente La Gasca, que tuvo que proclamar un nuevo reparto de encomiendas, mando una comisión para realizar un informe sobre el valor de cada repartimiento. Esta comisión estuvo encabezada por tres dominicos de la corriente lascasiana: el arzobispo Jerónimo de Loayza, fray Domingo de Santo Tomás y fray Tomás de San Martín, que luego fue reemplazado por el licenciado Santillán. La comisión recogió los datos de los visitadores regionales, entre 1549 y 1550, y estableció nuevos impuestos en base del supuesto consentimiento de los indios, lo que fue más una formalidad legal. Más tarde, el licenciado Santillán lo calificó como un pacto que contemplaba los intereses de los encomenderos y de los caciques.

Como en 1549 los encomenderos todavía representaban un grupo poderoso capaz de protagonizar nuevas rebeliones, la nueva tasa conservó un nivel alto. Posteriormente, los dominicos opinaron que el pago de las tasas por los indios era excesivo e influyeron sobre la posibilidad de hacer retasas. Aunque la Real Cédula de 7 de febrero de 1549 decretaba que ninguna persona que tuviera indios encomendados los pudiese echar a las minas, en uno de sus capítulos establecía la posibilidad de que los indios pudieran trabajar voluntariamente y autorizaba a los encomenderos a enviar hasta 25% de sus tributarios a minas situadas a una distancia máxima de sesenta leguas de los pueblos, en turnos rotatorios de cuatro meses. Fray Domingo de Santo Tomás y el frente lascasiano se opusieron a la nueva política, indicando que las minas no presentaban ningún beneficio para la población india.

En una carta de 1551, fray Domingo de Santo Tomás hizo una apasionada denuncia de las crueldades del trabajo dentro de la “boca del infierno” y de otras formas de explotación de los indígenas como la utilización de sus ganados para el transporte de mercancías, desde ropa cumbi y coca hasta chuño y ocas. Además, evocó el despoblamiento de las comunidades, el desarraigo y el abandono de las unidades étnicas. Estas denuncias no fueron aisladas sino el fruto del pensamiento de varios funcionarios y religiosos que defendían los ideales de la Iglesia primitiva y que intentaron implantar una política de inspiración cristiana que respetase las estructuras prehispánicas. El tema del trabajo indígena en Potosí, la tasación del tributo de las encomiendas y la perpetuidad de las mismas fueron las principales reivindicaciones del movimiento lascasiano en estos años.

En 1558, la situación cambió cuando se vieron indicios de una crisis en Potosí que se manifestó con el derrumbe de la producción, el despoblamiento del cerro y el abandono de las labores que se refleja en un documento del dueño de un ingenio en Potosí, el sevillano Luís Capoche, bajo el título de Relación General del asiento y Villa Imperial de Potosí. En este informe dirigido al virrey Hernando de Torres y Portugal conde del Villar, Capoche presentó una descripción de la vida económica y social de Potosí hasta 1585 “para facilitar la comprensión de los asuntos del Cerro y sus dificultades” (Capoche, 1585/1958:72). Los yanaconas e indios de encomienda establecidos en Potosí que no podían conseguir las cantidades suficientes de minerales para satisfacer la tributación huyeron y buscaron refugio en las haciendas de los valles orientales. Debido a esta crisis, se alteró el panorama político y económico de Charcas y se produjo la ruptura de la alianza entre el Estado colonial, los señores étnicos y los religiosos. El virrey conde de Nieva inició una nueva política dirigida a acelerar el desarrollo de una economía mercantil.

El resultado fueron las Ordenanzas de Minas (1561) para regular el trabajo indígena en Potosí, que respondían a los intereses de los mineros que anhelaban el retorno de los indios. Las ordenanzas obligaban a los curacas de la provincia de Chucuito a enviar anualmente 500 indios al yacimiento de Porco y 250 al de Berenguela. A Potosí se envió cerca de 5.000 para compensar los 30.000 pesos de tasa que le fueron asignados. El establecimiento de los corregidores como recaudadores del tributo erosionó el poder de las jefaturas étnicas y religiosas y permitió la inserción forzosa de los indígenas al nuevo “programa” económico.

En la década de 1560, eran los frailes lascasianos, encabezados por el obispo fray Domingo de Santo Tomás que, junto con los caciques, presionaron para que los encomenderos restituyeran a la población indígena los montos cobrados sin cumplir con la tasa fijada por La Gasca después de las guerras civiles. Los indios iniciaron procesos en contra de los excesos de tributo cobrados por sus encomenderos, aunque aquello ocurrió recién después de la muerte de los encomenderos; por tanto, los procesos fueron contra los herederos (Del Río, 1997; Abecrombie, 2002; Platt et al., 2006).

Sin embargo, en la discusión doctrinal sobre la política colonial, se encontraron dos lógicas irreconciliables: la de la protección de los derechos de los indígenas salvaguardada en teoría por la legislación y la necesidad de incrementar los ingresos fiscales. El frente lascasiano se opuso a las medidas de Nieva y, más tarde, a la política del licenciado Castro que intentaba legitimar la coacción minera. Cuando, en 1567, Castro solicitó al arzobispo Loayza y los prelados de distintas órdenes una opinión sobre el tema, la respuesta mostró el debilitamiento de su posición, pues reivindicaba la libertad de los indígenas. Con la aparición de la obra Gobierno del Perú de Juan de Matienzo en 1567, que argumentaba tanto el trabajo forzado como la tributación individual, el poder colonial obtuvo una justificación doctrinal para una nueva política que estimularía la economía mercantil basada en la extracción y la circulación de la plata potosina. Es así que la corriente lascaciana perdió terreno. De ahí en adelante, para contrarrestar las iniciativas de las órdenes religiosas, la Corona apostó por la iglesia secular y la orden de la Compañía de Jesús. 
Ginis Sepulveda

Bartolome de las casas

Fray Santo Tomas de Aquino

Iglesia de Santo Domingo en Potosi

domingo, 11 de diciembre de 2022

El establecimiento del sistema administrativo - El poder local

En el siglo XVI, los cabildos o el gobierno de la ciudad fueron conformados por los encomenderos descendientes de los primeros conquistadores o de los que defendieron el poder real frente a los insurrectos, durante y después de las guerras pizarristas. Los encomenderos eran vecinos que tenían la obligación de residir en el poblado español donde se encontraba su encomienda para cumplir con sus responsabilidades de defensa de la tierra, instrucción y amparo de los indios encomendados. Inmediatamente después de la conquista, los vecinos formaron parte de los primeros cabildos y constituyeron una élite “cerrada” en la sociedad colonial que pronto empezó a sentirse como una nobleza de sangre. Como conquistadores y primeros pobladores, se diferenciaban del resto de los habitantes de las ciudades por el hecho de poseer encomiendas y gozaban de privilegios importantes frente al resto de los moradores. Además, en la época de Felipe II (1556-1598), los primeros pobladores y sus descendientes legítimos, como personas nobles de linaje y solar conocido, habían recibido la concesión general de la hidalguía.

La posición privilegiada de los encomenderos en una nueva sociedad se sustentaba en extensas redes en las que sus parientes, amigos, compañeros y paisanos, en muchos casos provenientes de la región española de Extremadura, jugaban un papel importante. Los lazos de parentesco se reforzaban con los vínculos de patronazgo y compadrazgo. Las estrategias matrimoniales fueron dirigidas hacia la conservación de las encomiendas y la ampliación del vínculo entre parientes y paisanos. Los vecinos encomenderos de las ciudades charqueñas se convirtieron en poseedores de un importante capital económico y social, lo que les permitió consolidar su poder por medio del cabildo. Los encomenderos ejercían los cargos de regidores y alcaldes ordinarios. Las redes de relaciones entre parientes, otros encomenderos, amigos, compañeros, empleados, agentes y clientes, establecidas en torno a las encomiendas, permitieron la perpetuación del clientelismo político en instituciones del gobierno local como el cabildo, y regional como los corregimientos.

El cabildo de La Plata era una de las instituciones más importantes en el periodo que antecedió a la creación de la audiencia. En La Plata, al igual que en otras ciudades del Perú, el poder local se reproducía en un círculo cerrado entre las familias de los encomenderos que podían acceder a los cargos de alcaldes a través de las elecciones realizados el 1º de enero de cada año. Sin embargo, las elecciones seguían siendo el negocio de los grupos vinculados entre sí por redes de parentesco, compadrazgo y amistad. En las ciudades, se formaban bandos constituidos por parientes que defendían parcialidades e intereses de ciertas familias y actuaban tanto con intrigas como con acciones violentas. En muchos casos, el origen de estas tensiones eran las diferencias que marcaban las relaciones entre los habitantes de origen español de las urbes coloniales, divididos en vecinos y soldados: los primeros tenían derecho de elegir y ser elegidos al cabildo y los segundos no podían acceder al gobierno municipal.

Los encomenderos, en cambio, podían ejercer cargos de regidores y alcaldes ordinarios. Ellos tenían aspiraciones señoriales y lograron fortalecer su condición de propietarios rurales a través de la institución del mayorazgo que permitía transmitir sus propiedades a los hijos mayores. El mayorazgo facilitaba la reproducción de los derechos feudales constituidos en señorío, e impedía la enajenación de la propiedad familiar. Algunos vecinos de La Plata como Sebastián Barba de Padilla, Polo de Ondegardo, Zárate, Recalde-Irrázaval, Paniagua y Loayza lograron construir mayorazgos en la región o los vincularon con propiedades familiares en la península (Presta, 2000).

Potosí, desde el inicio de su existencia como asentamiento español, en 1545, fue una ciudad muy distinta de otras urbes coloniales ya que nació sin acta de fundación y sin el desempeño de una comisión para poblarla y repartir solares. Fue, en un principio, un “asiento de minas” dependiente de La Plata y carente de un consejo municipal. Potosí vivía bajo la jurisdicción de La Plata desde donde, a comienzos de cada año, iban dos regidores a elegir a los alcaldes. Esto acentuaba aún más la dependencia administrativa de Potosí de su vecina La Plata, debido a que en ésta se encontraban autoridades e instituciones como el corregidor, el cabildo y luego la audiencia. Aunque Potosí recibió el título de “Villa Imperial” en año 1553, no había logrado su independencia municipal y las relaciones entre Potosí y La Plata estuvieron marcadas por una continua competencia y una dependencia mutua (Barnadas, 1973). La voluntad de independencia de Potosí respondía a las pretensiones de un nuevo grupo de mineros que buscaron acceder al poder político usurpado por los encomenderos de La Plata atrincherados en el cabildo de aquella ciudad.

La subordinación de una ciudad a otra se quebró sólo en 1561, cuando el virrey conde de Nieva vendió la jurisdicción municipal a los mineros potosinos. Se acordó que la villa abonaría primero 25.000 pesos y otros 54.000 en cinco pagos anuales, cada uno de 10.800 pesos (Crespo, 1997). Sin embargo, durante muchos años Potosí siguió debiendo dinero a la Corona por su independencia

En La Paz, el control sobre los recursos de los indígenas que ejercían los encomenderos constituyó la principal fuente de sus ingresos en las décadas inmediatas a la fundación de la ciudad. Sin embargo, a medida que pasaron los años, se volcaron hacia las actividades mercantiles. Muchos de los miembros del cabildo paceño habían recibido sus encomiendas antes de la batalla de Jaquijahuana (1548) mientras que otros, como su fundador Alonso de Mendoza, las obtuvo después de la derrota pizarrista que aconteció en el mismo año. El análisis de la composición del cabildo en los primeros años muestra que los nombres de alcaldes y regidores se mantuvieron, alternándose constantemente y formándose, como en otras ciudades coloniales, verdaderas redes sociales y clientelares. Morrone (2012) menciona que Garcí Gutiérrez de Escobar, quien fue encomendero de Huarina, fue elegido cuatro veces como alcalde ordinario y cinco veces como regidor.

Las reformas realizadas por el poder virreinal en la década de los años 1550 para limitar el servicio personal de los indios afectaron las relaciones entre el virreinato y el cabildo paceño. Después de la rebelión de Hernández Girón, el virrey promulgó varias provisiones respecto a la figura de los regidores perpetuos y corregidores; esta tensión entre poderes transcurrió en el marco del debate sobre la perpetuidad de la encomienda. Durante el gobierno del virrey conde de Nieva, el conflicto entre el poder central y la elite paceña se agudizó más, puesto que, en 1561, éste intervino en el proceso de designación de regidores y reglamentó la elección de alcaldes. El conflicto se regularizó debido a la distribución de las nuevas encomiendas, aunque los propios vecinos aspiraron a tener la perpetuidad de las encomiendas, reforzando los argumentos expresados en 1553. Los encomenderos insistían en el fortalecimiento de su sector argumentando defender los intereses reales expresado en su apoyo decidido durante la sublevación de Hernández Girón.

Muchos de los encomenderos lograron perpetuarse en la escena política local y regional hasta el siglo XVII, aunque paulatinamente dejaron de gozar del monopolio económico absoluto después de la llamada “etapa de oro” (1550-1560) de la encomienda. Los encomenderos fueron privados de un acceso descontrolado a la mano de obra indígena. Las leyes que prescribieron la regulación del tributo indígena les obligaron a emplear nuevas prácticas mercantiles. Tuvieron que disputar el espacio económico regional con mercaderes profesionales, mineros, hacendados pues, a medida que avanzaba la época colonial, estos sectores de la sociedad lograron producir riquezas mientras que muchos de los encomenderos se convirtieron en meros rentistas (Presta, 2000).

sábado, 10 de diciembre de 2022

El establecimiento del sistema administrativo - La administración eclesiástica

El establecimiento de una audiencia real en La Plata y la creación del obispado de Charcas fueron discutidos en Madrid casi de manera simultánea (Barnadas, 1973). En ambos casos, se recurría al argumento de la enorme extensión del territorio del obispado de Cusco, creado en 1537, que llegaba hasta Charcas y la necesidad de contar con una nueva unidad administrativa eclesiástica. En 1552, se le concedió el estatus legal al obispado de La Plata que, con el tiempo, se convirtió en uno de los más grandes en América hispana. El obispo y luego el arzobispo constituían la figura central de esta organización. Sin embargo, las sedes charqueñas frecuentemente estuvieron vacantes entre 1552 y 1620: en este período La Plata sólo contó con un obispo durante 27 años; La Paz tuvo, entre 1605 y 1700, diez prelados residentes. A lo largo de 56 años, el cargo estuvo vacante por 39 años.

El primer obispo de La Plata fue fray Tomás de San Martín, nombrado en 1553, pero falleció en la última etapa de su viaje hacia Charcas. El segundo, el licenciado Cuesta, proveído en 1558, murió en España antes de pasar a Indias. El siguiente, fray Domingo de Santo Tomás, que había vivido en contacto con Charcas, dispuso la organización de la nueva estructura eclesiástica pero tampoco pudo llegar a La Plata. El cuarto, el licenciado Fernando de Santillán, nombrado en el 1573, murió en España. El siguiente obispo, Alonso Ramírez Granero de Avalos, llegó después de ocho años de vacantes en 1578. El sexto, don Francisco Alonso de la Zerda (1588) gobernó “muy viejo y por poco tiempo” (Barnadas, 1987).

Estas vacantes recurrentes influyeron en las tensiones entre el prelado y la audiencia, pues ésta asumió funciones en materia de “provisión de doctrinas” (es decir, nombramiento de los sacerdotes). El ejercicio del derecho patronal, o sea, privilegios otorgados por los Papas a los monarcas y por éstos a las autoridades civiles en las Indias) en su más importante expresión -la provisión de las parroquias- generaba muchas situaciones conflictivas. La visita pastoral y el nombramiento de los curas para las parroquias en las ciudades eran prerrogativa del obispo o del arzobispo, mientras que la distribución de las “doctrinas” del ámbito rural podían ser obra tanto de los arzobispos y como la audiencia, lo que era motivo de discordias debido a las incompatibilidades de las opiniones de los prelados y de las autoridades civiles sobre el tema de los designaciones de los curas. Este fue el meollo de muchas de las fricciones entre ambos poderes: se trataba de conquistar la influencia política sobre el clero que otorgaba la facultad de repartir dichas prebendas. Posteriormente, en los siglos XVII y XVIII, estos conflictos no cesaron.

lunes, 14 de noviembre de 2022

El establecimiento del sistema administrativo - De la Cancillería y Audiencia Real que reside en esta ciudad. Del Cabildo Secular y Ayuntamiento. De su gobierno y jurisdicción

“El Audiencia y cancillería real que reside en esta ciudad, tiene en su jurisdicción las provincias más importantes de estos reinos que es ésta de los [Charcas][falta esta palabra] y las demás que en su lugar se dirán, desde el Collao hasta el Brasil, que es distancia de más de setecientas leguas, en que hay cuatro extendidísimas gobernaciones: de Santa Cruz, Tucumán, Buenos Aires y Paraguay, con autoridad de encomendar perpetuamente indios. Y título de señoría que así llaman y salario de oidores; otras dos gobernaciones hay sin facultad de encomendar que son Chucuito y Chocaya, muy autorizadas y de gran mano para aprovechamientos. Fórmanse esta audiencia, de un presidente, cinco oidores, un fiscal, dos relatores y alguaciles y ministros…

En esta audiencia se conoce el grado de apelación de todas las causas que viene de estas dichas provincia, que son mucha calidad, cantidad e importancia y algunas veces son menester dos salas, para cuyo despacho se tiene acuerdo dos días en la semana, lunes y jueves. Tienen la jurisdicción ordinaria en las cinco leguas alrededor y uno de estos señores es juez de provincia por su turno de cuatro a cuatro meses”.

Fuente: Ramírez del Aguila [1637], 1978.

sábado, 12 de noviembre de 2022

El establecimiento del sistema administrativo - La Audiencia de Charcas

La creación del virreinato del Perú (1542) permitió a la Corona desarrollar un poder político sobre su enorme territorio, pues la jurisdicción del virreinato incluía los territorios actuales de Panamá, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina y Chile. Los virreyes eran delegados del poder central en América, representantes y “alter ego del rey”, “el rey vivo en carnes”. Su potestad era superior a la de cualquier cargo análogo en Europa. Las atribuciones de los virreyes abarcaban todos los aspectos de la vida pública: legislativo, gubernativo, fiscal, económico, judicial, militar e incluso eclesiástico, siendo ellos los vicepatronos de las iglesias del virreinato.

Cuando La Gasca regresó a España, el rey y el Consejo de Indias recibieron su asesoramiento para la creación de una audiencia en la villa de La Plata. Para fijar sus límites, se pidió a los oidores de la Audiencia de Lima que expresaran sus opiniones sobre cuál debía ser la jurisdicción de esta nueva audiencia, pero los pareceres fueron tan diversos que finalmente se decidió hacerlo en La Plata “con distrito y jurisdicción de cien leguas alrededor de todas partes” (Arze Quiroga, 1969). La creación de la Audiencia de Charcas se proyectó en 1551 pero fue en 1559 que se emitió la cédula real que confirmó su establecimiento; sin embargo, el tribunal no comenzó a actuar hasta 1561. El nacimiento de este tribunal no estuvo exento de polémica ya que se argumentaba que su creación era innecesaria o peligrosa ante la existencia previa de la Audiencia del Perú.

Las polémicas no cesaron incluso luego del establecimiento de la Audiencia: los flamantes oidores llegaron a La Plata convencidos de la inviabilidad del proyecto, y propusieron el traslado del tribunal a Arequipa; también sugirieron dividir el Perú en dos gobernaciones o audiencias de los llanos y de la sierra. Posteriormente, el oidor de la Audiencia de La Plata, Juan Matienzo, autor de El gobierno del Perú (1567/1967), planteó un modelo alternativo a la tesis centralista limeña, proponiendo a Cusco como sede del virreinato con dos audiencias: una en Lima y otra en La Plata. Incluso propuso trasladar el tribunal de justicia a Potosí o formar una audiencia que abarcaría los territorios de La Plata, Cusco y Arequipa.

Una vez establecida la Audiencia de Charcas o de La Plata, se definieron sus límites geográficos: entró en su jurisdicción, al sur, Tucumán, Juríes y Diaguitas, al norte, Mojos y la provincia de los chunchos, al este, las gobernaciones que estaban en manos de Andrés Manso y de Ñuflo de Chaves. Se incluyó también la región de Cusco. Más adelante le fueron quitadas Tucumán, Diaguitas, Juríes y la ciudad del Cusco y su región. Esta nueva jurisdicción convertía a la Audiencia de Charcas en el punto central de contacto entre la zona alta y las tierras bajas orientadas hacia el Río de la Plata y la zona amazónica que recién estaba siendo explorada (Mesa y Gisbert, 1997).

Dentro de los virreinatos americanos hubo distintos tipos de audiencias. La de Charcas o de La Plata, en calidad de la “audiencia subordinada”, fue investida con las funciones de un tribunal de justicia. Con el tiempo, adquirió de facto autoridad en materia política, administrativa y fiscal. Sus atribuciones oscilaban entre hacerse cargo de las funciones de gobierno en ausencia del poder ejecutivo hasta la potestad de acatar o no una ley real. Asimismo, la audiencia asesoraba en cualquier asunto de importancia a los funcionarios ejecutivos regionales, ya sean virreyes o gobernadores. Constituía una especie de consejo consultivo o “Real Acuerdo” que trataba materias graves y urgentes que tenían fuerza de ley a menos que el Consejo de Indias expresara una opinión contraria. De esta manera se ponía de manifiesto una de las principales tendencias del poder colonial, a saber, las formas colectivas del gobierno entre las cuales se destacaba el sistema de consejos; éste formaba parte de la estructura de gobierno de la monarquía hispánica que, durante la Edad Moderna (s. XVI-XVIII), se caracterizó como polisinodial, es decir, basado en el sistema de consejos y juntas.

En el siglo XVI, una audiencia estaba conformada por un presidente y cinco oidores. Bajo su administración quedaban incluidos los cabildos con sus alcaldes y regidores, el protector de naturales, los procuradores y los alguaciles mayores. Las audiencias tenían que cumplir lo dispuesto por los virreyes en materia de gobierno, guerra y hacienda, pero el enorme poder con que contaban los virreyes fue limitado por las facultades que poseían las audiencias. Éstas, en cuantos órganos corporativos, contaban con el derecho de apelación ante el rey en casos en que la competencia ejecutiva representada por el virrey excediese sus límites.

Las relaciones entre los dos centros del poder, Lima y La Plata, fueron tensas desde un principio ya que el establecimiento de un nuevo tribunal no fue visto con buenos ojos por las autoridades virreinales. Por su lado, inmediatamente después de la creación de la audiencia, los oidores de Charcas exigieron tener libertad de decisiones bajo el argumento de la lejanía de Lima: de esta manera, en la práctica, podían obtener un amplio margen de acción. En los años 1560-1580, hubo tensiones que llegaron a conflictos entre el virreinato y la audiencia en torno a este tema. Por ejemplo, en 1566, la audiencia pidió que le permitieran nombrar a los corregidores, lo que fue objetado por el virrey Lope García de Castro (1564-1569) que denunció la práctica de las audiencias de proporcionar cargos administrativos a los parientes de los oidores y la costumbre de establecer tasas y retasas, puesto que era la prerrogativa del virrey. Una cédula real de Madrid, de 15 de febrero de 1567, confería poder administrativo al virrey y prohibía a las audiencias de Charcas y Quito inmiscuirse en los asuntos administrativos aunque en la práctica la audiencia pudo resolver asuntos urgentes de gobierno.

Recuadro 14
La creación de la Audiencia de Charcas

“En la ciudad de La Plata de Nueva Toledo, Provincia de los Charcas, en el Perú, resida otra nuestra Audiencia y Chancillería Real, con un Presidente, cinco Oidores, que también sean Alcaldes del Crimen, un Fiscal, un Alguacil Mayor, un Teniente de Gran Canciller, y los demás Ministros y Oficiales necesarios, la qual tenga por distrito la Provincia de los Charcas”.

Fuente: Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias, 1943.

La lucha de los encomenderos por la perpetuidad de las encomiendas. Debates y posiciones - La política de la Corona

Después de las guerras civiles, más de tres mil aventureros que seguían en el virreinato exigían retribución por sus servicios militares prestados a la Corona, reales o imaginarios, y conformaron grupos dispuestos a involucrarse en cualquier lance. Surgió una gran tensión entre los poseedores de encomiendas, denominados “instalados” y los que tan sólo aspiraban a tenerlas por sus méritos, llamados “pretendientes” o “pretensores”. Como las encomiendas seguían siendo la forma de pago esperada, la presión ejercida por estos grupos obligaba a la Corona a multiplicar los repartimientos. Aún así, se producía el fenómeno de “taponamientos” (una especie de overbooking) cuando la masa de mercedes disponible no satisfacía la cantidad de los aspirantes.

Frente esta situación, la Corona buscó la manera de controlar los apetitos de este grupo a la vez vulnerable y amenazador. Por un lado, se seguía otorgando encomiendas, desarrollando una política de desmembramiento de las mismas para prevenir su concentración en manos de pocas personas. Noejovich (2009: 59) sostiene que hubo, hacia fines del siglo XVI, un incremento de la cantidad de las encomiendas en el virreinato acompañado con la disminución de las tasas “fruto de una política de moderación orientada por la Corona”.

Por otro lado, se introdujo el sistema de “situaciones” o “asientos”. Las “situaciones” o rentas se concedían sobre los repartimientos vacos, es decir sobre los que estaban temporalmente en manos de la Corona por muerte o destitución del usufructuario anterior. Debido a la constante presión de los “pretendientes”, el virrey Cañete I Andrés Hurtado de Mendoza (1556-1560) otorgó generosamente estas “situaciones”. Sin embargo, según Barnadas (1973), en Charcas, el monto de estas “situaciones” sólo llegaba a 68.000 pesos. Esta política fue profundizada el virrey conde de Nieva, pero fue una medida temporal para la Corona. El presidente de la Audiencia de Lima, García de Castro (1564-1569), anuló muchas “situaciones” y se abstuvo de conceder nuevas.

El sistema del “asiento” se utilizaba cuando un encomendero regresaba y se instalaba en España; se consideraba que su repartimiento estaba vaco. La Corona establecía un contrato con el encomendero, estipulaba la duración, el reparto de los frutos de la encomienda, la forma de cobro y circunstancias previsibles (muerte, sucesión). Con la adjudicación de los “asientos” se pretendía aliviar la presión de los pretendientes. Sin embargo, éstos calificaron esta política como una maniobra conjunta de la Corona y de los encomenderos.

Consideramos que la estrategia más importante que utilizó la Corona para paliar la tensión era dejar a los “instalados” como a los “pretendientes” sin base económica ni política, realizando una paulatina y casi “natural” reincorporación de los repartimientos al fisco. De hecho, por ejemplo, ya entre 1553 y 1556, muchos de los repartimientos caracara y charcas pasaron a “cabeza de Su Majestad” es decir a la Corona. Así, a la muerte de Pedro de Hinojosa, su encomienda en Macha, cabecera principal de los caracara, pasó a depender de la Corona al igual que la de Alonso de Montemayor. Lo mismo sucedió después de la muerte del encomendero Pablo de Meneses: su encomienda pasó a Córdoba y a Bernardino de Meneses y luego a la Corona. El resto de los repartimientos de la antigua federación Charca pasaron a la Corona hasta 1572. Platt, el al (2006) sostienen que el hecho de que algunas de las encomiendas dejaron de existir permitió que los mallkus negociaran con el poder colonial, manteniendo su riqueza y poder como señores naturales. Hacia 1575, por lo menos 23 repartimientos de Charcas, sobre 67, habían pasado a la Corona, de acuerdo a Barnadas (1973).

La Corona apostó por establecer un mayor control y la centralización del poder sobre los territorios que se encontraban en el proceso de colonización, apoyándose, además, en el aparato burocrático del Estado y de la Iglesia. Sin embargo, el proceso de la extinción de las encomiendas no fue uniforme porque en La Paz se siguió dando concesiones en épocas más tardías. Efectivamente, en esta región los virreyes marqués de Cañete (1556-1561) y conde de Nieva (1561-1564) distribuyeron nuevas encomiendas para sus clientes. En la década de 1560 se produjo la asignación de los repartimientos vacos y aparecieron nuevas figuras o “encomenderos tardíos” cuyas mercedes estuvieron vigentes hasta mediados del siglo XVII. Muchos de ellos eran nobles españoles que no radicaban en el territorio del Perú y sus encomiendas se convirtieron en rentas monetarias. Se observa también el proceso de transformación de “señores de indios” a nobles rentistas, puesto que “habían perdido la jurisdicción en primera instancia a manos de los corregidores; pero siguieron cobrando, en mano propia o por sus apoderados, las rentas ya absolutamente monetizadas (Morrone, 2012). Este fenómeno puede ser considerado como otra maniobra de la Corona para extinguir el grupo encomendero en el Perú.

Otro mecanismo para limitar el poder de los encomenderos fue el debilitamiento y la disolución del vínculo personal entre los indios y el encomendero. Desde 1555, se impidió que los encomenderos vivieran entre los encomendados, aunque en el pasado, era obligatorio que establecieran su residencia entre los indios. Este fue un paso arriesgado para la Corona, puesto que enormes espacios se quedaron sin representantes del Estado y se confirió el poder político a los religiosos, “teniendo nuevamente que confundir el poder religioso con el político al delegar (inversamente de lo que había sucedido con los encomenderos), la autoridad judicial a evangelizadores que, en muchos casos, se apropiaron por dos décadas de forma plena y ostentosa de esa prerrogativa” (Estenssoro, 2003: 41).

Sin embargo, según Schramm, la mayoría de encomenderos residía en La Plata y tan solo algunos mantenían contactos frecuentes con los indígenas, confiriendo esta obligación a sus representantes, apoderados o a la servidumbre, es decir “la gente pequeña”.

De manera que, los indígenas conocían la civilización española sobre todo a través de los niveles sociales inferiores de la sociedad colonial y las primeras influencia importantes que cambiarían su propia cultura provenían, más que todo, de la cultura española popular y no tanto de la alta sociedad (Schramm, 2012: 55).

Este fenómeno dio pie a que algunos de estos antiguos administradores de los encomenderos se convirtieran en propietarios de tierras de ganado, haciendo a veces competencia a sus antiguos amos. Estas iniciativas encontraron apoyo por parte de la Corona que empezaba a promover la política de colonización. En el Perú, el virrey Márquez de Cañete I (1556-1561) concedió tierras a muchos españoles mientras que el propio Felipe II, desde España, impulsó el repartimiento de tierras a los agricultores españoles con el fin de la extender la colonización y mermar el poder de los encomenderos. Los soldados que se quedaron sin amos y sin ocupación después de que terminaron las acciones bélicas, así como los pretendientes, los nuevos migrantes de la península, resultaron favorecidos por esta política. Como observó Assadourian (1983), los chacareros o dueños de las chácaras (pequeñas propiedades) junto con los mineros, constituyeron el pilar fundamental del Estado colonial. La formación de este nuevo grupo social de “pobladores” se convirtió en el contrapeso al poder de los encomenderos.

En 1565, el establecimiento de los corregidores de indios por parte del gobernador Licenciado García de Castro significó un nuevo avance del poder central sobre los encomenderos, puesto que se logró disminuir su poder. Los corregidores -en calidad de empleados asalariados de la Coronaya estaban enviando desde sus jurisdicciones las cantidades requeridas de mitayos hacia Potosí en lugar de los encomenderos que dependían de éstos mismos trabajadores para su sustento. Un nuevo modelo económico requería un nuevo modelo político. En este nuevo esquema, los corregidores y la recién creada Audiencia Real de La Plata pasaron a ejercer el papel que la política colonial les había asignado en materia administrativa.