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martes, 2 de agosto de 2016

Federico Diez de Medina Historia de un gran diplomático boliviano

A inicios de 1900, fue enviado como Ministro Plenipotenciario de Chile en Bolivia Abraham König, con el objetivo de suscribir un Tratado definitivo de Paz, Amistad y Límites. Sin embargo, al no alcanzar la citada finalidad trató de convencer “mediante amenazas a Bolivia, a que renuncie a su derecho de poseer una costa en el Pacífico” 1. Es en ese sentido, que en una nota oficial fechada el 13 de agosto de dicho año, expresó al Canciller Eliodoro Villazón:

“…Es un error muy esparcido y que se repite diariamente en la prensa y en la calle, en opinar que Bolivia tiene derecho de exigir un puerto en compensación de su litoral.

No hay tal cosa. Chile ha ocupado el litoral y se apoderado de él con el mismo título con que Alemania anexó al imperio de Alsacia y la Lorena, con el mismo título con que los Estados Unidos de América del Norte han tomado a Puerto Rico. Nuestros derechos nacen de la victoria, la ley suprema de las naciones.

Que el litoral es rico y que vale muchos millones, eso ya los sabíamos. Lo guardamos porque vale; que sí nada valiera, no habría interés en su conservación.

Terminada la guerra, la nación vencedora impone sus condiciones y exige el pago de los gastos ocasionados. Bolivia fue vencida, no tenía con qué pagar y entregó el litoral.

Esta entrega es indefinida, por tiempo indefinido, así lo dice el Pacto de Tregua: fue una entrega absoluta, incondicional, perpetua. En consecuencia, Chile no debe nada, no está obligado a nada, mucho menos a la cesión de una zona de terreno y de un puerto.

En consecuencia, también, las bases de paz propuestas y aceptadas por mi país y que importan grandes concesiones a Bolivia, deben ser consideradas no sólo como equitativas, sino como generosas…” 2.

Sin duda, por intermedio de la citada nota el Ministro de Chile irradió “la airada violencia de los primeros conquistadores, dueños de bienes y de vidas” 3 que resucitaba en los gobiernos de La Moneda desde 1842 y que tuvo como resultado la ocupación del rico litoral marítimo boliviano bajo la lógica de ceder o sucumbir.

Pero aunque el Canciller Villazón pudo devolver la inmoderada nota, le respondió de manera prudente, el 15 de octubre del citado año pero en tono altivo. Unos meses después, el Canciller Federico Diez de Me-dina, emitió el 25 de enero de 1901, la ‘Circular a las Legaciones de Bolivia en el Extranjero’, donde expuso de modo irrebatible los derechos marítimos de Bolivia, además, describió aspectos y acontecimientos que no se habían considerado en la respuesta a König.

Sobre este gran diplomático, es necesario indicar, que nació en la ciudad de La Paz, en 1839, fueron sus padres Manuel Diez de Medina y Fabiana de los Ríos y León de la Ba-rra. Nuestro biografiado desde muy joven se distinguió por su talento y su dedicación.

Realizó los estudios secundarios en un liceo en su ciudad natal y más adelante se graduó como abogado en la Universidad Mayor de San Andrés, en 1864. Sin embargo, “aún no había terminado su carrera, cuando se le llamó á suplir el profesorado de 4° año de Derecho, que comprendía los importantes ramos de los derechos público e internacional y la economía política” 4, describió Juan Mas.

Dos años después, se vinculó a la prensa publicando artículos en el periódico ‘La Época’, de La Paz. Consecutivamente, en 1868, fue elegido Diputado, como tal junto a otros representantes sancionó la Constitución Política promulgada dicho año. Luego fue profesor del 2° curso de la Facultad de Derecho.

Un año después, publicó la obra magna: ‘Nociones de Derecho Internacional Moderno’, sobre este libro es necesario mencionar que desde la cuarta edición contiene una nota de elogio del célebre jurista francés Paul Pradier-Fodéré. Por otro lado, muchas Universidades de América latina lo adopta-ron como lectura de estudio hasta mediados de 1970.

En 1870, Diez de Medina fue elegido por segunda vez Diputado por La Paz. Al siguiente año, por su destacado trabajo fue elegido nuevamente representante y junto a otros asambleístas como Lucas Mendoza de la Tapia debatieron el centralismo boliviano y propusieron el federalismo. Sobre este te-ma, Federico a inicios de 1871, publicó el folleto: ‘Breves reflexiones acerca del principio federativo y sobre el orijen de nuestras guerras civiles’.

Consecutivamente, fue redactor del periódico ‘La República’. Luego trabajó en el mismo puesto, en 1873, en el diario ‘El Nacional’. En ambas publicaciones auspició la candidatura presidencial de Adolfo Ballivián.

Un año después, Diez de Medina se retiró a Lima (Perú), donde dictó conferencias. Como resultado de esta labor académica imprimió el librillo: ‘Real Existencia y progreso del Derecho Internacional’, tema que expuso el 1° de junio de 1874, ante la Sociedad Literaria de la citada capital.

A su regreso al país, en 1875, editó el periódico ‘La Democracia’, en esta publicación sostuvo la candidatura del general Hila-rión Daza para la presidencia constitucional.

Consecutivamente, dos años después, ejerció el cargo de Prefecto del departamento La Paz y Alcalde de la ciudad del mismo nom-bre. Paralelamente, en el campo de la educación fue miembro del Consejo Universitario, Vicecancelario y en 1878, fue nombrado Cancelario de la Universidad Mayor de San Andrés. Por otro lado, publicó el folleto po-lítico: ‘Las Minorías en Bolivia’.

Considerado como gran orador fue elegido Diputado nuevamente en 1878. Sobre este momento es necesario mencionar, que tuvo una destaca participación en la Asamblea Constituyente de dicho año. Consecutivamente fue elegido “diputado suplente por el partido liberal al Congreso de 1881” 5.

El 30 de enero de 1883, Diez de Medina fue acreditado como Ministro Residente en el Perú, de esta manera inició su vida diplomática. A su regreso al país, publicó la obra: ‘El Sistema Electoral’, en 1885. Más adelante, imprimió una profunda investigación histórica-jurídica sobre las fronteras que comparten Bolivia y la República Argentina, intitulado: ‘Límites de Bolivia con la República Argentina’ y ‘El Uti Posidettis de 1810’. En este contexto, también publicó el análisis ‘Breves observaciones á los trata-dos sancionados por el Congreso internacional sud-americano’, en 1889.

Posteriormente, nuestro biografiado fue designado Enviado Extra-ordinario y Ministro Plenipotenciario en el Brasil por el Presidente Mariano Baptista Caserta. En esta misión negoció y suscribió en la ciudad de Río de Janeiro, los si-guientes Instrumentos Internacionales: ‘Protocolo para continuar Demarcando los Territorios de Frontera’ 6, del 19 de febrero de 1895; ‘Protocolo fijando itinerario de las Comisiones Demarcadoras’, del 10 de mayo de 1895; el ‘Protocolo aclaratorio para continuar demarcando los Territorios de Frontera’, del 14 de junio de1895; ‘Proto-colo que establece la servidumbre Aduanera en el lugar del Tamarineiro’, del 13 de marzo de 1896; ‘Tratado de Asilo y Extra-dición de Criminales entre Bolivia y el Brasil’, del 21 de julio de 1896; ‘Tratado de Amistad, Comercio y Navegación’, del 31 de julio de 1896 y la ‘Convención para el ejercicio de Profesionales Liberales’, del 14 de noviembre de 1896.

Durante el gobierno del Presidente Severo Fernández Alonso, fue designado Ministro de Relaciones Exteriores, cargo que ejerció desde noviembre de 1898 a octubre de 1899. Sin em-bargo, el escritor Pío Cáceres Bilbao, detalló: “que no tuvo lugar a desempeñarla, a causa de la revolución paceña que echó abajo aquel gobierno” 7.

Por otro lado, en el campo académico publi-có la obra: ‘Nociones de Derecho Público Político’. Consecutivamente, Federico, fue ele-gido Diputado por La Paz, en 1899 y un año después, fue Senador por el departamento de La Paz.

Seguidamente, el sagaz internacionalista Diez de Medina fue nombrado Ministro de Re-laciones Exteriores por el Presidente José Ma-nuel Pando, a fines de 1900. Desde este cargo presentó la citada Circular. En este escrito, nuestro biografiado citó muchos documentos oficiales de la administración colonial que tes-timonian que la Real Audiencia de Charcas (hoy Bolivia) limitó: “…con el mar del Sud y con Chile, claro es, que algún territorio litoral había de tener, y ese no era ni podía ser otro, que el comprendido entre el grado 25, por lo menos, límite Norte de Chile y el 14°05’43’’ límite Sud del Perú…” 8, escribió Federico. Sobre este tema también apuntó: “…estaba pues Chile obligado á respetar los límites asignados á otras gobernaciones, no pudiendo propasar de modo alguno, los que á ella le fueron determinadamente asignados. Después de esas fechas, mantúvose inalterable el límite entre las gobernaciones de Charcas y de Chile, permaneciendo el territorio de Atacama invariablemente unido á la provincia de Potosí…” 9. Luego en dicho documento, describió los actos de posesión pacifica que fueron realiza-dos por Bolivia desde 1825 hasta 1842 cuando despertó la ambición chilena, sobre ello subra-yó: “…Chile nada dijo entonces: todos esos actos de dominio, de jurisdicción y de perfecta posesión, fueron realizados sin la menor resi-stencia, ni reclamación de parte de su gobier-no…” 10.

Con relación al impuesto de 10 centavos por quintal de salitre exportado, emitido por el go-bierno de Daza, en 1878, nuestro biografiado, puntualizó: “…y nótese bien en este punto, que el ponderado gravamen, establecido por esa aprobación, fue de diez centavos, por los cua-les elevó la Compañía su queja al Gobierno Chileno: y éste, muy poco después, cuando llegó á ocupar ese territorio elevó el impuesto á 1 peso 50 centavos, este es quince veces más; sin que entonces la Compañía hiciera objeción, ni reclamación alguna…” 11. Conse-cutivamente, describió la misión de Abraham König en nuestro país y concluyó: “…al dar termino á esta Circular, dejar cumplido el ine-ludible deber de levantar los cargos que, sin justicia alguna se quisiera hacer pasar sobre Bolivia, debo hacer constar, á usted, señor Mi-nistro, para los fines consiguientes, que nues-tro Gobierno abriga el perseverante propósito de procurar la conclusión de un amistoso y equitativo arreglo, que tanto tiempo há vienen persiguiendo ambos pueblos. No dudo que en esa labor ha de contarse con el concurso de la buena voluntad de los hombres pensadores é ilustrados de los dos países, á fin de alcanzar la paz que, como bien ha dicho el mismo señor Errázuriz Urmeneta, es el supremo bien de las Naciones…” 12.

Sin embargo, tres años después el gobierno de Chile cumplió con su cometido y mediante la presión, la extorsión, el dolo y el sitio eco-nómico a nuestro país, el diplomático Alberto Gutiérrez suscribió a nombre de Bolivia, en Santiago, el 20 de octubre de 1904, el ‘Tratado de Paz, Amistad y Comercio’, que no es cum-plido actualmente por los gobiernos de Chile.

Retomando la biografía de Federico Diez de Medina, es necesario mencionar, que durante su gestión negoció y suscribió a nombre de nuestro país muchos Instrumentos Internacio-nales como la: ‘Convención sobre encomien-das postales’ y el ‘Acuerdo Diplomático para suscribir una nueva Convención sobre enco-miendas Postales’, ambos firmados con los Estados Unidos de América, el 30 noviembre de 1901 y con la República del Perú: ‘Tratado de Arbitraje entre Bolivia y el Perú’, del 21 de noviembre de 1901; ‘Protocolo sobre Recla-maciones de Indígenas Bolivianos y Perua-nos de Patascachi y Orurillo’, del 11 de no-viembre de 1901 y la ‘Convención sobre Can-je de Publicaciones Oficiales’, del 24 de febrero de 1902.

Consecutivamente, en 1903, publicó el folle-to titulado: ‘Ferrocarril a Yungas: breve in-forme que como presidente de la Sociedad de Propietarios de Yungas dió en 1889 a las capitalistas extranjeros’. Una faceta poco co-nocida de este personaje fue que era músico y como tal, el citado Urquidi, describió que “tie-ne publicadas algunas bellas composiciones musicales del género clásico” 13.

Por otro lado, Diez de Medina, fue designado Enviado Extraordinario y Ministro Plenipoten-ciario en el Perú por el Presidente Pando, cargo que ejerció por muy po-co tiempo. A su regresó al país, Federico desem-peñó las funciones de Senador y Vocal del Consejo Consultivo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Lamentable-mente, falleció el 13 de ju-nio de 1904.

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